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VIAS INTERNAS PRIVADAS

Deberán tener un ancho mínimo de seis (6,00) metros y el aislamiento entre la vía o bahía de estacionamiento, respecto al paramento de las edificaciones, deberá ser como mínimo de dos (2) metros. Para conjuntos horizontales, la distancia entre fachadas que presenten accesos peatonales será de seis (6,00) metros.

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