How Can We Help?
< All Topics
Print

TRAMITES URBANÍSTICOS

Nuestra legislación contempla dos tipos de LICENCIAS:

1) Las de URBANNIZACIÓN  y

2) Las de CONSTRUCCIÓN.

  1. URBANIZACIÓN Adecuar terrenos para la futura construcción de edificaciones en suelo urbano. Permite la creación de espacios públicos y privados, construcción de vías y redes de servicios públicos. Si el suelo está clasificado como de expansión urbana, la licencia de urbanización estará sujeta a la aprobación previa del Plan Parcial correspondiente.
  2.  CONSTRUCCIÓN Construir nuevas edificaciones de acuerdo con las normas del POT, en todo tipo de suelo.

Se distinguen como modalidades de construcción:

  • Obra nueva Realizar obras nuevas en lotes sin construir.
  • Ampliación Incrementar el área construida de una edificación existente.
  • Adecuación Cambiar el uso de una edificación o parte de ella, garantizando la permanencia del inmueble original.
  • Modificación Variar el diseño arquitectónico o estructural de una edificación, sin incrementar su área construida.
  • Restauración Recuperar y adaptar un inmueble declarado como de interés cultural o parte del mismo, conservando su valor urbano, arquitectónico, estético e histórico.
  • Reforzamiento Reforzar la estructura de una edificación, garantizando estructural la seguridad del inmueble y sus habitantes de acuerdo con las exigencias de la norma de sismo-resistencia.
  • Demolición Derribar total o parcialmente una(s) edificación(es). Se debe solicitar junto con otra licencia de construcción de cualquier modalidad; excepto para proyectos de renovación urbana.
  • Cerramiento Cerrar de manera permanente un predio de propiedad privada.

 

Table of Contents