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Son válidas las decisiones, cuando el consejo de administración incurre ante varios vicios de procedimiento y faltas a la ley de propiedad horizontal? Qué medidas se pueden tomar al respecto y si es ante un juez cual es el procedimiento?

Cuando se trate de propiedad horizontal residencial, las decisiones se tomarán con el voto por cada unidad, es decir una unidad es un voto. Para las decisiones de tipo económico se aplicarán los coeficientes de copropiedad.

Por el incumplimiento de la ley y el reglamento se debe acudir inicialmente a la conciliación y luego al juez de la república.

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