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PLAN DE EMERGENCIAS Y ATENCION DE DESASTRES

En Colombia existe un amplio marco legislativo previsto para facilitar la creación e implementación del Plan de Emergencia y Contingencia para las copropiedades los cuales deben ser elaborados, puestos a prueba de funcionamiento y ajustados en el proceso de implementación por todos los actores involu-crados, vale decir, por todos aquellos quienes pueden generar las emergencias o ser afectados por ellas. De acuerdo con el principio constitucional de aplicar la ley de acuerdo con la jerarquía de la norma, enunciaremos en su orden la aplicación de ésta: 1) El Plan Nacional para la Prevención y Atención de Desastres,  promulgado a través del Decreto 93 del 13 de enero de 1998 a través del cual, se adoptó como objetivo; orientar las acciones del Estado y de la sociedad civil para la prevención y mitigación de los riesgos, los preparativos para la atención y la recuperación en caso de desastre, contribuyendo a reducir el riesgo y el desarrollo sostenible de las comunidades vulnerables ante los eventos naturales y antrópicos. Sus objetivos se extienden a: 1- La reducción de riesgos y prevención de desastres; 2- La respuesta efectiva en caso de desastres y 3- La recuperación rápida de zonas afectadas. 2) El Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres y otras disposiciones nacen con la Ley 1523 de 2012 a través de la cual, se adopta la política nacional de gestión del riesgo de desastres. 3) Con la conformación del Sistema General de Riesgos Profesionales mediante el Decreto 1295 de 1994, reglamentaria de la Ley 100 de 1993, estas disposiciones frente a los Programas siguen vigentes, donde expresamente dice que: La organización del Sistema General de Riesgos Profesionales, plantea un nuevo concepto sobre accidente de trabajo y enfermedad profesional, sobre afiliación y cotizaciones al sistema, sobre la clasificación de las empresas. Establece las actividades de promoción y prevención, tendientes a mejorar las condiciones de trabajo y salud de los trabajadores, fijando las prestaciones asistenciales y económicas en caso de accidente o enfermedad ocupacional, la creación del Fondo de Riesgos Profesionales y, por último, trata de las sanciones por incumplimiento ya sea del patrón o del empleado o de las Administradoras de Riesgos Profesionales.

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