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LEY ANTITABACO

La pretensión más importante de esta ley está centrada en prevenir los daños a la salud de los menores y de la población no fumadora pues como queda evidenciado en el desarrollo del texto legal, el problema del tabaquismo se convirtió en un tema de interés público y por ende ha obligado a que se fijen políticas eficientes y eficaces para mitigar el impacto en la salud de la población activas y pasiva.

LEY 1335 DE 2009 – (Julio 21)

Artículo 1°. Objeto. El objeto de la presente ley es contribuir a garantizar los derechos a la salud de los habitantes del territorio nacional, especialmente la de los menores de 18 años de edad y la población no fumadora, regulando el consumo, venta, publicidad y promoción de los cigarrillos, tabaco y sus derivados, así como la creación de programas de salud y educación tendientes a contribuir a la disminución de su consumo, abandono de la dependencia del tabaco del fumador y se establecen las sanciones correspondientes a quienes contravengan las disposiciones de esta ley.

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