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ES LEGAL O NO CONTRATAR LOS SERVICIOS DE VIGILANCIA PARA UN EDIFICIO DE 24 APARTAMENTOS COMO UN SERVICIO DE CONSERJERÍA O CON UNA ASOCIACIÓN DE VIGILANTES?

No es legal. Existe una clara diferencia entre los servicios de Conserjería y los servicios de Vigilancia, entendiéndose estos servicios de la siguiente manera:

Conserjería: entendida como el desarrollo de funciones de mayordomía y mantenimiento de un lugar determinado.
Vigilancia: entendida como la actividad que desarrollan las personas naturales o jurídicas, tendientes a prevenir o detener perturbaciones a la seguridad y tranquilidad en lo relacionado con la vida y los bienes propios o de terceros. (Art. 2 del Decreto 356 de 1994).

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