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DIFERENCIAS ENTRE RELACIONES DE VECINDAD Y SERVIDUMBRES

  1. Mientras que las relaciones de vecindad son límites normales del dominio, las servidumbres están más allá de esos límites.
  2. Mientras la vecindad exige sacrificios para mantener la paz y la convivencia, la servidumbre, se respeta o se indemniza.
  3. Mientras las relaciones de vecindad no requieren formalismos, las servidumbres, en cambio requieren de un título que los legitime.
  4. Mientras las relaciones de vecindad existen con independencia del derecho de propiedad, las servidumbres legales quedan sujetas al régimen de prescripción por el no uso de las mismas.
  5. Mientras las relaciones de vecindad son presumibles con el Derecho de Propiedad, no ocurre lo mismo con las
  6. Mientras que las relaciones de vecindad obedecen a un afán de igualdad, equilibrio y reciprocidad, las servidumbres ostentan derechos de propiedad.
  7. Mientras las relaciones de vecindad inciden en la propiedad para configurar un derecho normal, la servidumbre delimita la relación local, reduciéndolo en beneficio del predio dominante.
  8. Mientras las elaciones vecinales no suponen disminución del patrimonio, ni acrecen el bien, las servidumbres, por el contrario, al disminuir o reducir el contenido normal de la propiedad, demandan, en justa compensación una indemnización a favor del dueño del predio sirviente.
  9. Mientras Las relaciones de vecindad, no precisan deberes que conformen el Derecho de Propiedad, las servidumbres legales se adquieren por prescripción adquisitiva de dominio.
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