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CUÁL ES EL TIEMPO DE CADUCIDAD APLICABLE A UNA SANCIÓN IMPUESTA POR LA SUPERINTENDENCIA?

De conformidad con lo establecido en el artículo 38 del código contencioso administrativo, “Salvo disposición especial en contrario, la facultad que tienen las autoridades administrativas para imponer sanciones caduca a los tres (3) años de producido el acto que pueda ocasionarlas.”

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