How Can We Help?
MUROS DE CERRAMIENTO LINDEROS
Todo desarrollo de un predio debe contemplar la construcción de muros de cerramiento en sus linderos laterales y, posteriores, que sirvan de aislamiento visual respecto a los predios colindantes. Los muros deberán tener una altura no menor de dos con cuarenta (2,40) metros, ni superior a cuatro con cincuenta (4,50) metros sobre el nivel del primer piso.