How Can We Help?
Funciones básicas del Adminstrador
En este caso, es importante hacer claridad sobre la naturaleza de las funciones de la administración. Estas, son: a) legales, es decir las que contempla taxativamente la ley en su artículo 51, numerales del 1 al 13, y b) las estatutarias: contempladas dentro del numeral 14 del mismo artículo ya que pueden ser generadas en su calidad y cantidad, como a bien lo tenga la comunidad copropietaria, mediante votación por mayoría calificada y volviéndola parte integral de su estatuto.