How Can We Help?
Cuándo y cómo se puede ejercer el derecho a las decisiones en reuniones no presenciales?
Cuándo así lo decida la parte que convoca y las decisiones no requieran el quórum calificado del que habla el artículo 46 de la ley 675/01.
Cómo? Mediante la participación comprobada de cada uno de los copropietarios por medios informáticos virtuales o físicos en comunicaciones sucesivas dentro del horario establecido como periodo de la asamblea en el que consten claramente las decisiones tomadas por cada uno de los puntos sometidos a consideración y de acuerdo con el cumplimiento del quórum requerido.